Saltar al contenido
Profesionales autorizados en toda Cataluña

Energía solar

¿Qué permisos necesitas para poner placas solares en Cataluña?

Documentos y permisos para instalar placas solares en Cataluña
Índice del artículo
  1. ¿Necesitas licencia de obras o basta con una comunicación previa?
  2. ¿Cuándo hace falta licencia?
  3. ¿Qué trámites hace el instalador?
  4. ¿Y si vives en un piso?
  5. ¿Qué papeles conviene guardar?
  6. ¿Qué cambia según la provincia?
  7. ¿Quieres que te lo tramiten?

En resumen:

  • En Cataluña, para poner placas en el tejado basta, en general, con una comunicación previa al ayuntamiento. Hace falta licencia en edificios protegidos, en suelo no urbanizable o si la obra necesita proyecto.
  • El instalador autorizado legaliza la instalación en Industria (RITSIC) y se inscribe en el registro de autoconsumo (RAC). Hasta 15 kW en suelo urbano no hace falta permiso de acceso y conexión de la distribuidora.
  • En un edificio de pisos, las placas comunitarias se aprueban por mayoría simple, según el Código civil de Cataluña.

Poner placas solares en Cataluña tiene menos papeleo del que parece. La mayor parte la hace el instalador, pero conviene saber qué pasos hay, quién los hace y cuándo se complica la cosa: una masía en suelo rústico, un edificio catalogado o una comunidad de vecinos. Te lo explicamos paso a paso.

¿Necesitas licencia de obras o basta con una comunicación previa?

Desde el Decreto ley 16/2019, las placas fotovoltaicas van, en general, por comunicación previa al ayuntamiento (artículo 187 bis del Texto refundido de la Ley de urbanismo de Cataluña), no por licencia. Con la comunicación presentada, ya se puede empezar.

La ley también dice dónde se pueden poner sin cambiar el planeamiento urbanístico (artículo 9 bis):

  • En la cubierta (y en pérgolas de aparcamiento): hasta 1 metro de altura si es plana, o paralelas al tejado si es inclinado.
  • En el patio o la parcela, en suelo urbano: hasta 1 metro de altura y ocupando como máximo el 25 % de la parte no edificable.

El ICAEN tiene un modelo de ordenanza para el autoconsumo que siguen muchos ayuntamientos. Aun así, cada municipio tiene su formulario y su impuesto de obras (ICIO), que muchos bonifican. Lo tienes municipio a municipio en la guía de bonificación del IBI y del ICIO.

¿Cuándo hace falta licencia?

Situación¿Qué necesitas?
Vivienda o nave en suelo urbano, placas en la cubiertaComunicación previa
Edificio con protección patrimonial (catalogado)Licencia
Suelo no urbanizable o urbanizable no delimitadoLicencia
La obra necesita proyecto de edificación (cambia el volumen, la estructura…)Licencia

Esto afecta a muchas masías y casas aisladas de Girona y Lleida, que están en suelo no urbanizable. Ahí hace falta licencia, pero desde 2020, para casas y construcciones agrarias, ya no necesita el informe de la comisión de urbanismo (disposición adicional 20.ª de la ley). Si tu casa está en un casco antiguo protegido, pregunta antes al ayuntamiento.

¿Qué trámites hace el instalador?

Una vez hecha la instalación, hay que legalizarla. De eso se encarga el instalador autorizado, que es quien está habilitado:

PasoQué esQuién lo hace
Comunicación previa (o licencia)Permiso urbanístico del ayuntamientoSuele tramitarla el instalador en nombre del propietario
Declaración en el RITSICLegalización en Industria: memoria técnica (hasta 10 kW) o proyecto (más de 10 kW) y certificado de final de obraEl instalador
Registro de autoconsumo (RAC)Sin excedentes: comunicación por internet, gratuita. Con excedentes y compensación: se pide antes de ponerla en marcha, también gratisSe tramita con la legalización; en baja tensión y menos de 100 kW, la inscripción la hace de oficio la Generalitat
Permiso de acceso y conexiónPermiso de la distribuidoraNo hace falta hasta 15 kW en suelo urbanizado con servicios. Sí de 15 a 100 kW, o en suelo no urbanizado
Contrato de compensaciónPara descontar en la factura la energía que viertesTú y tu comercializadora. La distribuidora tiene como máximo 2 meses para activarlo

Los dos trámites están en la web de la Generalitat: autoconsumo sin excedentes y autoconsumo con compensación. Para entender el descuento en la factura, mira la guía de compensación de excedentes.

¿Y si vives en un piso?

En Cataluña no se aplica la Ley de propiedad horizontal estatal, sino el Código civil de Cataluña (libro quinto). Para el autoconsumo dice:

  • Placas comunitarias para uso común: se aprueban por mayoría simple de los propietarios que votan, que también tiene que ser mayoría de las cuotas (art. 553-25). Vale aunque afecte a la estructura o a la fachada.
  • Placas para algunos vecinos en elementos comunes: también por mayoría simple, a petición de los interesados. Los demás se pueden sumar después pagando su parte.
  • Quién paga: si es de uso común, todos. Los que han votado en contra también, si el gasto no pasa de tres cuartas partes del presupuesto anual de la comunidad (descontando subvenciones).
  • Quien no va a la reunión puede oponerse por escrito en 1 mes desde que se le notifica. Si no lo hace, se entiende que está de acuerdo.
  • Cubierta de uso exclusivo: si tienes el uso exclusivo de un terrado, puedes poner placas pagándolas tú. Envía el proyecto a la comunidad 30 días antes; la comunidad puede proponer una alternativa.

Es el caso más habitual en el área metropolitana de Barcelona. Tienes más detalles en la guía de autoconsumo compartido en la comunidad de vecinos.

¿Qué papeles conviene guardar?

Algunos documentos de la legalización te harán falta después para pagar menos impuestos:

  • El certificado de instalación eléctrica (CIE): lo pide la deducción del IRPF por autoconsumo de 2026.
  • La inscripción en el RAC: algunos ayuntamientos cuentan desde esa fecha el plazo para pedir la bonificación del IBI. En Mataró, por ejemplo, son tres meses.
  • La comunicación previa presentada antes de instalar: en Sabadell o Manresa es una condición para tener la bonificación.
  • Las facturas y los justificantes de pago por tarjeta o transferencia, no en efectivo.

Lo tienes todo en la guía de ayudas y beneficios fiscales en Cataluña.

¿Qué cambia según la provincia?

Las normas son las mismas en toda Cataluña. Lo que cambia es la ordenanza de cada ayuntamiento y el tipo de vivienda: pisos en Barcelona, masías y casas aisladas en Girona y Lleida, segundas residencias en la costa de Tarragona. Un instalador de la zona conoce los formularios y los plazos de su ayuntamiento.

¿Quieres que te lo tramiten?

Te ponemos en contacto con un instalador autorizado de tu zona, que mira qué permiso necesita tu caso, se ocupa de los trámites y legaliza la instalación. Cuéntanos dónde está tu casa y pide tu presupuesto gratuito y sin compromiso. Y si quieres saber en qué fijarte, lee cómo elegir entre instaladores de placas solares.

Servicio relacionadoInstalación de placas solaresInstalación, mantenimiento y reparación · Pide presupuesto gratis

Preguntas frecuentes

¿Puedo empezar la obra el mismo día que presento la comunicación previa?

En general sí: con la comunicación previa presentada se puede empezar. Si tu caso necesita licencia (edificio protegido o suelo no urbanizable), hay que esperar a tenerla.

¿Necesito permiso de la distribuidora para una instalación doméstica?

Hasta 15 kW en suelo urbanizado con servicios no hace falta el permiso de acceso y conexión. Sí hace falta de 15 a 100 kW, o en suelo no urbanizado, como pasa en muchas masías.

¿Qué pasa si un vecino no fue a la reunión en la que se aprobaron las placas?

Según el Código civil de Cataluña, tiene un mes desde que se le notifica el acuerdo para oponerse por escrito. Si no lo hace, se entiende que está de acuerdo.

¿Las placas en una casa aislada necesitan más permisos?

Si la casa está en suelo no urbanizable, hace falta licencia en lugar de comunicación previa y, por encima de 15 kW o fuera de suelo urbanizado, también el permiso de acceso y conexión de la distribuidora.

¿Necesitas un instalador?

Pide tu presupuesto gratis. Un instalador autorizado cerca de ti, en toda Cataluña.